https://www.bandomovil.com/userFiles/rk/rkNw1160420200825_HUERTOS_AUTOCONSUMO.pdf no esimagen La Delegación del Gobierno permite atender los huertos para autoconsumo
  • 16-Abril-2020 22:09
    Info General

    La movilidad a huertos de autoconsumo o explotaciones agrarias no profesionales será posible con la duración indispensable

    Badajoz, 16 de abril de 2020.

    1. Los citados desplazamientos únicamente podrán realizarse para llevar a cabo actividades de alimentación y cuidados de animales de naturaleza imprescindible por cuestiones de bienestar animal y salubridad pública así como para la recogida o recolección de frutos y productos alimentarios de procedencia animal o vegetal destinados a consumo o apoyo de la economía familiar. También para la realización de actividades de labores de cultivo y mantenimiento de parcelas e instalaciones asociadas y reparación de averías o mantenimiento de aquellas parcelas que puedan originar daños irreparables a la propiedad o a terceros.

    2. Así, se dispone que la realización de todas estas actividades, siempre que sea posible, se concentrarán en un mismo día, y la duración de la permanencia en estas explotaciones será la indispensable.

    3. Las personas que se desplacen deberán llevar consigo la documentación identificativa y la justificativa del título de disposición de la explotación agraria no profesional.





    Adjuntos: